top of page

Memo n. 1 del Mando Supremo aliado

El documento se refería "al caso de que las fuerzas germánicas hubieran emprendido, por su propia iniciativa, actos de hostilidad armada contra los órganos del gobierno o contra las fuerzas italianas, en una medida y de tal manera que quedara claro que no se trataba de actos locales". episodios, debido a la acción de alguna acción colectiva irresponsable, pero más bien ordenada». Por lo tanto, también era aplicable en el caso de un ataque en la hipótesis de nuestro eventual armisticio, hipótesis que el documento no menciona.

Las principales disposiciones relativas a la Marina eran las siguientes, si el memorando se hubiera implementado:

  • capturar o hundir o, al menos, hacer uso de buques de guerra y mercantes alemanes;

  • impedir por cualquier medio que los buques de guerra italianos o los buques mercantes estén en manos alemanas;

  • Los buques de guerra italianos en condiciones de moverse deberían haber llegado a los puertos de Cerdeña, Córcega, Elba, Sibenik o Cattaro lo antes posible; las unidades que no estuvieran en condiciones de moverse, si estuvieran amenazadas de captura, habrían tenido que hundirse por sí mismas;

  • los barcos mercantes italianos en condiciones de moverse deberían haber llegado lo antes posible a los puertos italianos, dálmatas o albaneses al sur del paralelo de Ancona, en el Adriático, del de Livorno, en el Tirreno; las unidades que no estaban en condiciones de moverse deberían haber quedado inutilizables durante mucho tiempo debido al sabotaje;

  • no utilizar durante mucho tiempo, a través de mudanzas, los sistemas logísticos, los arsenales, los diques secos, etc. bases navales;

  • poner en lugar de defensa las bases navales en convenio con el Ejército.

 

Las directivas dadas por el memorándum debían implementarse al recibir la siguiente orden clara dada por el Comando Supremo a los tres Jefes de SM:

"Medidas de orden público implementadas. 1. Comando SupremoO de iniciativa si se hubieran interrumpido las conexiones y se hubiera producido un encuentro con actos de hostilidad por parte de las Fuerzas germánicas que tuvieran el carácter de acción colectiva ordenada.

El memorándum debía ser devuelto al portador; sólo se permitía tomar notas consideradas indispensables, para ser guardadas "celosamente" por el Jefe del MS receptor; las órdenes consiguientes debían darse verbalmente y con absoluta urgencia.

La nota fue tardía porque el 8 de septiembre, cuando se declaró el armisticio, las órdenes relativas, aunque se dieron, no habían podido llegar a todos los departamentos, especialmente a los del Ejército.

bottom of page